Preguntas frecuentes
Le acercamos algunas preguntas y respuestas útiles sobre el Sello
Los beneficios inmediatos a los que accederán pueden resumirse de esta manera:
Beneficios reputacionales, como:
1. Reconocimiento público.
2. Publicidad positiva mediante el uso del Sello Integridad otorgado.
Incrementa la posibilidad de contratar con otras empresas privadas, en especial con grandes empresas y empresas multinacionales.
4. Genera mayor rentabilidad, ya que propicia un ambiente de trabajo respetuoso, con reglas claras, que resulta atractivo para atraer y retener talentos.
5. Potencia las oportunidades de inversiones en la empresa. Genera oportunidades de ingresar y permanecer en mercados internacionales, entre tantos otros.
Beneficios de capacitaciones y acceso a material formativo:
Podrán acceder al programa de acompañamiento para MIPYMES.
Podrán participar de otros programas de capacitación que promuevan instituciones
públicas y privadas.
Disponibilidad de una biblioteca digital con herramientas de integridad empresarial.
La presente edición del Sello Integridad se centra en incentivar a las empresas desde
una dimensión reputacional. No obstante, desde la creación del Sello Integridad se viene
trabajando en la generación e incorporación de otro tipo de incentivos complementarios
en materia de contrataciones públicas, facilitación de trámites legales, fiscales, entre
otros.
Para la generación paulatina y progresiva de dichos incentivos, se mantendrá un diálogo
permanente con distintos organismos y entidades tanto del sector público como del
sector privado.
Pueden postular todo tipo de empresas, incluso las del Estado. Claramente, no se espera de todas lo mismo, ya que un programa de integridad debe construirse a medida de cada organización, considerando su dimensión, capacidad económica y riesgos.
Por eso, las empresas que decidan postular al Sello Integridad, al menos en esta instancia, serán catalogadas en dos grandes grupos:
1. Grupo micro, pequeñas y medianas empresa (MIPYMES).
2. Grupo grandes empresas.
Aquellas personas jurídicas del sector privado que no se ajusten a las categorías que anteceden deberán clasificarse igualmente, conforme a los términos de facturación y cantidad de trabajadores fijados en el Decreto Nº 3698/2020 que reglamenta la Ley Nº 4457/2012 (o la normativa vigente al momento de la postulación al Sello Integridad).
No, las postulaciones al Sello Integridad son completamente gratuitas.
La fase de análisis de las documentaciones formales, por parte de la Mesa Técnica de Coordinación inicia en el mes de enero de 2025 y finaliza en el mes de marzo de 2025. El análisis de los antecedentes reputacionales, por parte del Comité Selector, inicia en el mes de marzo de 2025 y finaliza en el mes de abril 2025, y el análisis de los programas de integridad, por parte del Comité Selector, inicia en el mes de mayo de 2025 y finalizar en el mes de septiembre de 2025.
Para los casos en que la empresa postulante haya quedo excluida en la fase de análisis de la documentación formal y de antecedentes reputacionales, aún luego de que hayan sido requeridas informaciones complementarias, no se podrán formular una revisión ni plantear un recurso de apelación.
Sin embargo, si la empresa postulante, pasó el análisis de los documentos formales y de antecedentes reputacionales, pero ha sido notificada de su exclusión en la fase de análisis de los programas de integridad, podrá formular una revisión o un recurso de apelación, siguiendo el procedimiento establecido en el punto X.5. (Instancia de revisión y recurso de apelación) del Reglamento General de Sello Integridad.
Si durante el análisis de los programas de integridad, la empresa postulante no alcanza el mínimo del 40 % (cuarenta por ciento) respecto de algún elemento requerido, será informada de manera inmediata y contará con la facultad de promover una instancia de revisión respecto de esa decisión, aportando los elementos que considere necesarios. Para mayor información, se recomienda leer el punto X.5. (Instancia de revisión y recurso de apelación) del Reglamento General de Sello Integridad.
Las empresas postulantes podrán interponer un recurso de apelación en los siguientes casos: a. Si luego de haber planteado una instancia de revisión por no haber alcanzado el 40 % (cuarenta por ciento) de algún elemento requerido, el equipo de evaluación mantuviera su decisión. b. Si la empresa postulante no ha sido reconocida con el Sello Integridad por no haber alcanzado el puntaje mínimo de setenta (70) puntos.
Para mayor información, se recomienda leer el punto X.5. (Instancia de revisión y recurso de apelación) del Reglamento General de Sello Integridad.
En ambos casos, tanto para promover una instancia de revisión como para interponer un recurso de apelación, la empresa cuenta con un plazo de 3 (tres) días hábiles, de haber recibido la notificación.
El evento de reconocimiento a las empresas postulantes ganadoras del Sello Integridad se llevará a cabo en el mes de noviembre de 2025.
Si, toda empresa que haya obtenido el reconocimiento del Sello Integridad en la edición 2022-2024, deberá postular nuevamente para obtener el reconocimiento del Sello Integridad edición 2025-2027.
Igualmente, mientras aún no se obtenga el reconocimiento del Sello Integridad edición 2025-2027, podrá seguir utilizando la distinción (logo) del Sello Integridad de la edición 2022-2024, siempre y cuando se haga la aclaración de que el reconocimiento obtenido fue en dicha edición.
Si, toda empresa postulante que ha quedado excluida en la edición 2022-2024 puede volver a postular para la edición 2025-2027.